PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO RESPECTO A LA LEY 1720

Ante la actual vigencia de la Ley 1720 —que establece la denominada “conversión voluntaria” de la pequeña propiedad agraria en mediana propiedad, y que es rechazada por la marcha indígena campesina que recientemente ha arribado a la sede de gobierno— manifestamos a la opinión pública y las autoridades lo siguiente:
La pequeña propiedad goza de protección del Estado porque es considerada el lugar de vivienda, de trabajo, fuente principal de alimentación del propietario y su familia, por lo que también es considerada como patrimonio familiar. La figura de “conversión voluntaria” constituye, en los hechos, el abandono de deberes constitucionales del Estado en materia de reconocimiento, regulación y protección agraria y ambiental. Al permitir que los propietarios privados de la tierra reclasifiquen y definan el estatus de los predios agrarios según su conveniencia, el Estado está renunciando a su rol indelegable y constitucional de hacer cumplir la Función Económica y Social de la tierra, entendida como uso sostenible de la misma.
Adicionalmente, es importante aclarar que los principales beneficiarios de dicha ley son los sectores empresariales del agro que, durante el saneamiento de tierras, fraccionaron sus predios para figurar como pequeños propietarios y así cumplir la función social, obtener títulos agrarios y evitar el pago de los precios de adjudicación de la tierra y de las tasas de saneamiento. Por otro lado, los principales afectados potenciales de la norma son las comunidades indígenas y campesinas, cuyas propiedades colectivas quedan expuestas a amenazas de fraccionamiento y parcelación. La Ley 1720 sienta precedentes para el avasallamiento de territorios y comunidades, y posteriores demandas de “conversión voluntaria” promovidas por intereses empresariales.
La Ley 1720 es la primera de una serie de iniciativas normativas que, desde el agronegocio, pretenden abrir una peligrosa puerta para el fraccionamiento de territorios colectivos y la escalada de despojos y ocupaciones ilegales de tierra, territorio y bosques. Lejos de fortalecer la seguridad jurídica, la socava al introducir mecanismos y procedimientos inexistentes en el régimen agrario.
Por todo lo expuesto, reiteramos nuestro respaldo a la marcha indígena campesina y a su demanda de abrogación inmediata de la Ley 1720, como una señal de apego y respeto al orden constitucional. Instamos a las autoridades competentes a restituir el rol del Estado como garante de los derechos agrarios y ambientales. La exigencia de abrogación no es solo una demanda sectorial, sino una condición fundamental para la justicia, la seguridad jurídica y la vigencia del Estado de derecho.
Fundación TIERRA
La Paz, 5 de mayo de 2026
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