En la Asamblea Legislativa Plurinacional se debate una ley que permitiría convertir voluntariamente pequeñas propiedades agrarias en medianas con un trámite de 10 días y sin verificación del Estado. Sus promotores dicen que permitirá acceder a crédito a miles de productores. Sin embargo, resulta que el 74% de las pequeñas propiedades del país tienen menos de dos hectáreas, por lo que su valor no alcanza como para que un banco las acepte como garantía. En este contexto, la Fundación TIERRA concluye que, en la práctica, la ley favorecerá principalmente a pequeños propietarios agroindustriales de tierras bajas y a quienes durante el saneamiento mañosamente lograron titular sus tierras como «pequeñas propiedades» para evadir controles del Estado.

A continuación, presentamos un resumen de las 12 claves para entender el trasfondo del proyecto de normativa que está en tratamiento.
- ¿Qué plantea el Proyecto de Ley 157?
Propone convertir voluntariamente pequeñas propiedades en medianas mediante un trámite excepcional, argumentando que permitirá a los pequeños productores hipotecar sus tierras y acceder a créditos bancarios.
- ¿Qué cambios introdujo el Senado en el proyecto de ley?
Se reemplazó de necesidad de demostrar producción e ingresos que expliquen la conversión con una simple declaración jurada, reduciendo potestades al INRA; se estableció una máximo de 10 días para aprobar la solicitud; y se postergó en 10 años la verificación de la función económico-social de la tierra en esas propiedades convertidas.
- ¿Beneficia al 90% de los productores?
No. El 74% de las pequeñas propiedades son minifundios de menos de 2 hectáreas que ningún banco aceptará como garantía. La mayoría de los pequeños propietarios quedará excluida del alcance de la ley.
- ¿El crédito hipotecario resuelve la pobreza rural?
No. El desarrollo del campo depende de muchos factores, entre ellos asistencia técnica, infraestructura, agua, mercados, etc. El crédito hipotecario es solo un elemento y ya existen otras vías de financiamiento que no requieren hipotecar la tierra.
- ¿Quién se beneficia realmente?
Productores agroindustriales de tierras bajas y propietarios que durante el saneamiento titularon sus tierras como «pequeña propiedad ganadera» para evadir controles del Estado.
- ¿Las protecciones legales de la pequeña propiedad limitan la producción?
No. La indivisibilidad e inembargabilidad protegen el patrimonio familiar pero no impiden trabajar la tierra. La productividad no depende de su categoría jurídica sino de factores como el suelo, el agua, el conocimiento, la rotación etc.
- ¿La Función Económico - Social es un freno al desarrollo?
No. Es una garantía constitucional que evita que la tierra se convierta en un bien especulativo o improductivo. No es un mecanismo de extorsión sino una salvaguarda para todos los bolivianos.
- ¿El proyecto de ley puede afectar al medioambiente?
Sí. Suspender la Función Económico – Social por 10 años puede incentivar deforestación, incendios y prácticas extractivas sin control, además de promover la especulación y debilitar la soberanía alimentaria.
- ¿Cómo afecta a las comunidades campesinas originarias?
En valles u altiplano, la tierra no es solo un bien individual sino parte de un tejido comunitario. Conversiones en la propiedad sin consulta pueden romper lazos históricos, generar conflictos y fragmentar la cohesión social establecida a partir de las comunidades.
- ¿Cómo afecta el proyecto de ley al pequeño productor campesino?
Puede desestructurar acuerdos intrafamiliares construidos durante el saneamiento, generando disputas por la tierra y fracturas sociales que van mucho más allá de lo jurídico.
- ¿Cómo afecta el proyecto de ley a la institucionalidad agraria?
Un trámite exprés sin controles podría abrir la puerta a conflictos agrarios, impactos ambientales, blanqueo de tierras obtenidas irregularmente y mayor desorden en el sistema de administración de tierras.
- ¿Cómo debería abordarse el problema?
Con un debate nacional amplio que actualice la clasificación de la propiedad agraria, revise el régimen impositivo, incorpore criterios ambientales en la Función Económico - Social y atienda el minifundio de forma integral.
El Proyecto de Ley 157 pone sobre la mesa un debate que Bolivia necesita tener, pero que merece mucho más que una ley exprés. La clasificación de la propiedad agraria tiene 70 años de antigüedad, el minifundio sigue sin resolverse y el desarrollo rural no puede seguir esperando respuestas parciales. Fundación TIERRA invita a leer el análisis completo y a sumarse a una discusión que le concierne a todo el país:



