La abrogación de la Ley 1720 de conversión de la pequeña propiedad agraria en mediana propiedad, ocurrida el 13 de mayo de 2026, constituye uno de los episodios políticos y agrarios más significativos de los últimos años en Bolivia. No solamente por la rapidez con la que una norma fue aprobada y posteriormente anulada —apenas 33 días después de su promulgación— sino porque el conflicto evidenció, una vez más, las profundas tensiones que atraviesan la estructura agraria boliviana y la fragilidad de los equilibrios políticos construidos alrededor de ella.

El ajetreado recorrido de la Ley 1720
La trayectoria de esta ley refleja con claridad los problemas que acompañaron su nacimiento. Se trató de un proyecto que permaneció durante años sin tratamiento en la Asamblea Legislativa, hasta ser repuesto y modificado sustancialmente bajo fuerte influencia de representantes de la agroindustria. Posteriormente, fue aprobado en la Cámara de Diputados durante la semana regional (con asambleístas suplentes), sin atender las numerosas solicitudes de socialización y debate formuladas por organizaciones campesinas e indígenas. Más tarde, la norma fue promulgada por el presidente del Estado en una feria agropecuaria ante los máximos representantes del sector, un hecho que terminó reforzando la percepción de que la ley respondía prioritariamente a intereses corporativos específicos.
La reacción social no tardó en aparecer. Diversas organizaciones campesinas e indígenas denunciaron que la norma atentaba contra principios fundamentales de la problemática agraria nacional y representaba posibles amenazas a comunidades y territorios. La marcha que partió desde Pando hacia la ciudad de La Paz exigiendo la abrogación de la ley terminó convirtiéndose en el símbolo más visible de ese rechazo. Aun así, el sector agroindustrial y varios de sus representantes políticos mantuvieron una férrea defensa de la norma hasta el último momento.
Finalmente, el gobierno optó por retroceder y abrogar la ley. La decisión deja varias enseñanzas importantes, algunas aparentemente aprendidas y otras todavía pendientes.
Las lecciones recogidas
La primera lección es quizás la más evidente: en Bolivia no es posible construir normas agrarias duraderas sin diálogo amplio y sin participación efectiva de los actores involucrados, particularmente de organizaciones campesinas e indígenas. La historia agraria del país demuestra que las transformaciones relacionadas con la tierra, el acceso a recursos productivos y la estructura de propiedad son temas extremadamente sensibles, profundamente vinculados a memorias históricas de exclusión, desigualdad y conflicto. Ignorar esa realidad conduce inevitablemente a procesos de confrontación.
La segunda lección tiene que ver con la extrema fragilidad de los equilibrios agrarios en Bolivia. Durante décadas, el país ha construido mecanismos políticos y jurídicos orientados a mantener cierto balance entre distintos actores rurales con intereses muchas veces contradictorios. Cuando una norma es percibida como un intento de alterar unilateralmente esos equilibrios, las tensiones emergen rápidamente. La Ley 1720 fue interpretada por distintos sectores sociales como una puerta de flexibilización hacia procesos de concentración de tierras y de transformación silenciosa del régimen de propiedad agraria. Más allá de las explicaciones técnicas o económicas que acompañaron su defensa, el conflicto reveló la profundidad de las desconfianzas existentes.
La tercera lección es que los conflictos agrarios tienden a escalar con enorme rapidez cuando el Estado no actúa oportunamente. El gobierno reaccionó tarde frente a señales tempranas de descontento y minimizó inicialmente las advertencias realizadas desde distintos sectores sociales y académicos. En temas agrarios, los márgenes de maniobra política suelen reducirse rápidamente una vez que el conflicto se territorializa y adquiere legitimidad social. La gestión de conflictos en esta materia requiere capacidad de escucha, reacción temprana y mecanismos reales de mediación política.
Existe, además, un elemento adicional que merece atención. La aprobación de la ley de abrogación en el Senado representa también, de manera implícita, un reconocimiento de que la Ley 1720 enfrentaba serios cuestionamientos de constitucionalidad. Resultaba cada vez más difícil sostener jurídicamente una norma cuya compatibilidad con el régimen constitucional agrario era ampliamente discutida.
La abrogación condicionada
Sin embargo, el conflicto está lejos de haberse cerrado. Las disposiciones transitorias incluidas en la ley de abrogación convierten a esta última en una suerte de “abrogación condicionada”. En ellas se establece que la Asamblea Legislativa deberá elaborar, en un plazo de dos meses, una nueva ley sobre conversión de la pequeña propiedad agraria, esta vez incorporando procesos de diálogo con todos los actores involucrados.
Asimismo, las disposiciones transitorias establecen que el nuevo debate deberá desarrollarse tomando como base las Comisiones Agrarias Departamentales y con “entidades nacionales y departamentales con representatividad y legalidad verificadas”. Este punto también genera preocupación. Las Comisiones Agrarias Departamentales solo han funcionado esporádicamente en contados casos en el pasado y no pueden ser consideradas como espacios efectivos de deliberación pública. En la práctica, existe el riesgo de que el debate termine restringido a círculos institucionales más controlados políticamente y más cercanos a intereses agroindustriales y gubernamentales.
Lo ocurrido con la Ley 1720 demuestra precisamente la necesidad de abrir un debate nacional amplio, democrático y genuino sobre el futuro del régimen agrario boliviano. Un debate que incorpore a organizaciones campesinas, indígenas, productores pequeños y grandes, academia, gobiernos subnacionales y sociedad civil. Un debate que no sea solamente técnico o sectorial, sino profundamente político y orientado a discutir qué modelo agrario necesita Bolivia en el contexto actual. La necesidad de inclusión y debate no es solo una formalidad, se trata de permitir una participación real y crear consensos mínimos entre los distintos actores rurales.
Para cerrar, es probable que la principal lección de este episodio sea justamente que las decisiones agrarias tomadas entre pocos, sin transparencia y sin legitimidad social, terminan debilitando aún más los ya frágiles consensos sobre los que descansa la cuestión agraria boliviana. En general, los acuerdos se rompen cuando se incumplen las reglas acordadas, y la Constitución Política del Estado constituye el pacto social más importante que existe en el país. Por ello, cualquier intento de modificar aspectos sensibles del régimen agrario al margen de los principios constitucionales, de los mecanismos de consulta y de la participación efectiva de los actores involucrados, no solamente genera conflicto político y social, sino que erosiona las bases mismas de convivencia y legitimidad democrática. El futuro del debate agrario en Bolivia dependerá, en gran medida, de la capacidad de reconstruir confianza, respetar las reglas comunes y abrir espacios reales de deliberación nacional.
Juan Pablo Chumacero R. es Director Ejecutivo de la Fundación TIERRA.


